Universidades: la Justicia declaró inconstitucional el DNU que suspendía la ejecución del financiamiento universitario
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y ordenó al Ejecutivo cumplir de inmediato con la norma.
El juez del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11, Martín Cormick, hizo lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades nacionales y docentes y declaró la inconstitucionalidad de un punto del decreto 759/2025 mediante el cual el Ejecutivo había promulgado la Ley de Financiamiento Universitario condicionando su ejecución. La decisión también alcanzó a la acción de amparo presentada por la Universidad de Buenos Aires (UBA).
En concreto, en la presentación judicial, los demandantes solicitaron que se declare “la inconstitucionalidad de la segunda parte del artículo 1 del Decreto N° 759/2025”, al considerar que esa disposición implicó la “suspensión material de la ejecución de la Ley 27.795”. En ese sentido, pidieron que se respete “la voluntad soberana del Congreso de la Nación” y que se exhorte al Poder Ejecutivo a avanzar con la efectiva aplicación de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria.
De ese modo, Cormick ordenó al Poder Ejecutivo “el cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”, y estableció que las costas estarán a cargo del Estado nacional. “Costas a la demandada vencida”, indicó, en referencia al artículo 14 de la Ley 16.986 y al artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Inconstitucional
En su presentación, el Gobierno “opone falta de caso” y sostiene que los demandantes no habían logrado demostrar “la existencia de un perjuicio específico, concreto y actual que resulta causalmente vinculado al accionar del Poder Ejecutivo Nacional”. Además, planteó que el supuesto perjuicio invocado se apoyaba en “afirmaciones genéricas que no permiten identificar de qué modo el decreto 759/2025 habría producido -o podría producir- una afectación directa e inmediata en la esfera jurídica de los accionantes”. Sin embargo, el juez rechazó ese planteo y avanzó con el amparo.
El nuevo pronunciamiento judicial se conoce en paralelo a otra decisión de Cormick que mantiene al Gobierno bajo un plazo concreto para cumplir con la cautelar vigente. El 22 de septiembre, el juez había intimado al Estado a cumplir en cinco días con los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario, vinculados a la recomposición de los salarios docentes y no docentes y las becas estudiantiles, bajo apercibimiento de astreintes.
Sin embargo, el Gobierno apeló la intimación. Por ello, Cormick volvió a intimar al Estado por otros cinco días, manteniendo el apercibimiento de astreintes. Ese nuevo plazo vence este miércoles 7 de octubre.
