Por qué la reforma laboral vuelve a regir
El1 repasó la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que restablece la vigencia de los más de 80 artículos que estaban suspendidos hasta el momento.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió dejar sin efecto la medida cautelar que frenaba más de 80 artículos de la Ley de Modernización Laboral N°27.802, impulsada por el Gobierno y aprobada durante las sesiones extraordinarias de febrero. De esta manera, se restablece la vigencia de todos los artículos.
Fue el 30 de marzo que el juez Raúl Ojeda, a partir de una presentación de la CGT de Azopardo, suspendió 83 artículos de la reforma laboral. El fallo implicaba un freno parcial a la implementación de la ley, en medio de los cuestionamientos sindicales por la afectación de múltiples derechos laborales.
Qué pasó
Frente a esa decisión, el Ministerio de Capital Humano, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, realizó las presentaciones de fondo vinculadas a la medida cautelar y la contestación de la demanda. Así, aunque el Gobierno apeló la medida, el recurso se concedió con efecto devolutivo, lo que mantenía en suspenso la aplicación de algunos puntos de la ley.
Ante ese escenario, el Ejecutivo presentó un recurso de queja para modificar esa resolución y lograr que la apelación tuviera efecto suspensivo. La solicitud fue resuelta favorablemente por la Sala VIII de la Cámara, que dispuso restablecer la vigencia de todos los artículos suspendidos hasta el momento.
Per saltum
En paralelo, el Gobierno también presentó un recurso de “per saltum” para que intervenga directamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Este mecanismo implica que, hasta que el máximo tribunal revise el caso, se suspenden los efectos del fallo anterior, lo que en la práctica mantiene activos los artículos cuestionados. En resumen, el Gobierno logra que la reforma opere mientras la Corte Suprema se toma su tiempo para decidir.
Desde la CGT, piden impugnar una parte sustancial de la reforma, argumentando que vulnera principios fundamentales como la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el acceso a la Justicia. Entre los puntos más cuestionados se encuentran las modificaciones al régimen de indemnizaciones, cambios en las condiciones de contratación, alteraciones en la jornada laboral y disposiciones sobre representación sindical.
