Cuándo se trataría el Presupuesto 2026 de La Matanza

El documento ingresó al Concejo Deliberante el 28 de octubre, pero se debatirá luego del recambio legislativo, junto a la tarifaria e impositiva.

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El pasado 28 de octubre, tal y como lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades, ingresó al Honorable Concejo Deliberante (HCD) de La Matanza el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2026. Sin embargo, como sucede todos los años, el documento no se tratará hasta después del 10 de diciembre, con la nueva configuración parlamentaria, tras las elecciones provinciales del 7 de septiembre.

En dichos comicios, el peronismo consolidó su hegemonía en el distrito más populoso del Conurbano. Con 359.389 votos (52,86 por ciento), Fuerza Patria se impuso con amplitud y se quedó con ocho bancas. Por su parte, La Libertad Avanza alcanzó 196.559 sufragios (28,91 por ciento) y obtuvo cuatro escaños, lo que la posicionó como segunda fuerza local y confirmó la fuerte polarización.

Así, tras la séptima sesión ordinaria, el secretario legislativo Carlos Orsingher le comentó a este medio que “el presupuesto se tratará en diciembre junto a la tarifaria e impositiva”. “Seguramente tendremos dos sesiones: una para el presupuesto y otra con mayores contribuyentes para la tarifaria”, detalló. Sin embargo, aclaró que el expediente no se entregará en formato digital a los concejales hasta tanto el Departamento Ejecutivo corrija errores técnicos.

Un presupuesto "austero"

De ese modo, recordó que si el cuerpo deliberativo no lo aprueba, quedaría vigente el presupuesto del año anterior, lo que generaría un fuerte desfase: “Con la inflación de este año y la proyección del próximo, sería imposible planificar”. “Es todo muy complejo aún cuando nosotros siempre hacemos presupuestos austeros porque no sabemos lo que puede venir”, afirmó.

La Ley Orgánica de las Municipalidades establece, en sus artículos 34 y 35, que el Concejo Deliberante debe sancionar cada año el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio subsiguiente, con mayoría simple de votos. Una vez promulgado, sólo puede ser modificado por iniciativa del Departamento Ejecutivo. Además, el Concejo no puede aumentar el monto total del proyecto enviado ni crear cargos, salvo los correspondientes a su propio funcionamiento.